A continuación, algunos artículos de la Convención de Estrasburgo
de 1969.
Hay que leerlos como una serie de indicaciones muy generales, no sólo porque
en la realidad las cosas pueden ser muy distintas, sino también porque
algunos contenidos pueden haber sido modificados por leyes posteriores. De todas
formas, esta normativa representa un buen punto de partida para empezar a comprender
cuales son los derechos y las obligaciones de una persona au pair.
Art.2 El acuerdo au pair es la acogida temporal en una familia y a cambio de
determinados servicios, de jóvenes extranjeros que desean mejorar sus
conocimientos lingüísticos y tal vez profesionales, así como
su cultura general, adquiriendo un mejor conocimiento del país en el
que son acogidos. Este tipo de acuerdo no implica relación laboral.
Art.3 La duración de la colocación no excederá inicialmente
de un año, pudiendo sin embargo prolongarse hasta un máximo de
dos años.
Art.4 La persona contratada como au pair no tendrá que tener menos de
diecisiete años, ni exceder de los treinta años de edad.
Art.5 La persona contratada como au pair tiene la obligación de estar
en posesión de un certificado médico expedido en fecha no anterior
a los tres meses que preceden a su contratación.
Art.6 Los derechos y las obligaciones de la persona contratada como au pair,
así como los derechos y las obligaciones de la familia de acogida, definidos
en el presente Tratado, están recogidos en un acuerdo escrito entre las
partes. En dicho acuerdo se especificará, entre otras cosas, la forma
en que la persona contratada como au pair deberá de convivir con la familia
de acogida.
Art.8 La persona contratada como au pair tendrá derecho a alojamiento
y comida de la familia de acogida y, en cuanto sea posible, disponer de una
habitación individual.
· La persona contratada como au pair debe disponer de tiempo suficiente
para asistir a cursos de lengua y para perfeccionar su formación cultural
y profesional.
· La persona contratada como au pair debe disfrutar como mínimo
de un día libre completo a la semana, debiendo coincidir con domingo
uno de estos días libres de cada mes.
Art. 9 La persona contratada como au pair debe participar en los normales quehaceres
domésticos. El tiempo realmente asignado a estas tareas no excederá
de las 5 horas diarias.
Art. 10 Cada una de las partes determina las atribuciones que serán
aseguradas a las personas contratadas como au pair en su territorio en caso
de enfermedad, maternidad o accidente.
· La persona contratada como au pair tendrá derecho a un seguro
privado de prestaciones médicas.
Art.11 En el caso en que el acuerdo mencionado en el art.6 haya sido firmado
por un período no determinado, cada una de la las partes puede anularlo
con antelación de dos semanas.
Indipendentemente si el acuerdo prevee una duración determinada, cada
una de las partes podrá anularlo en caso de falta grave de la otra parte,
o si circustancias graves lo requieren.